Última fecha de actualización: agosto 2022.
CONSEJO DE LA JUDICATURA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
HISTORIA
En Latinoamérica
El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Instalación del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
FACULTADES CJCDMX
Artículo 218
Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Ciudad de México
Expedir los acuerdos generales y demás disposiciones reglamentarias para el adecuado ejercicio de sus funciones;
Emitir propuesta al Congreso, de ternas de designación y ratificación de Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia;
Designar a las y los Jueces de la Ciudad de México en los términos que señala esta Ley, así como adscribir a estos y a las Magistradas y Magistrados;
Asimismo, resolver todas las cuestiones que con dicho nombramiento se relacionen, cambiar con causa justificada a las y los Jueces de una adscripción a otra, así como variar la materia de los Juzgados;
Resolver, por causa justificada, sobre la remoción de Juzgadores y Titulares de Magistraturas, por sí, o a solicitud del Pleno del Tribunal, de conformidad con el artículo 108 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Vigilar que se cumplan las disposiciones que sobre la carrera judicial señale esta Ley y aprobar los planes y programas del Instituto de Estudios Judiciales;
Conocer y resolver las quejas que no sean de carácter jurisdiccional y en su caso dar vista a la Contraloría, así como los procedimientos oficiosos contra actos u omisiones de los miembros del Consejo de la Judicatura, Magistraturas Juzgados y demás personas servidoras públicas de la administración de Justicia, así como integrantes de las Unidades de Gestión Judicial del Sistema Procesal Penal Acusatorio, haciendo la sustanciación correspondiente y, en su caso, imponer la medida disciplinaria procedente;
Ordenar, previa comunicación del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, la suspensión de su cargo del Titular de la Magistratura, del Consejo o Juzgado de quien se haya dictado acuerdo respecto a la procedencia de la orden de aprehensión o comparecencia en su contra durante el tiempo que dure el proceso que se le instaure, así como su puesta a disposición del Juzgador que conozca del asunto.
El Consejo podrá adoptar las medidas cautelares que correspondan para evitar que la o el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia, en caso de ser estrictamente necesario, fundada y motivada su decisión, y en su caso, ejecutará la destitución e inhabilitación que se imponga.
La detención que se practique en contravención a este precepto y sus correlativos, será sancionada en los términos que prevenga el Código Penal aplicable;
Pedir a quien ostente la Presidencia del Consejo y a sus integrantes el fiel cumplimiento de sus obligaciones y en su caso fincar la responsabilidad en que incurran de acuerdo con esta Ley y leyes en la materia;
Elaborar el presupuesto del Tribunal Superior de Justicia, de los Juzgados y demás órganos judiciales, incluido el Consejo de la Judicatura, dando prioridad al mejoramiento de la impartición de justicia y procurando su vinculación con las metas y objetivos del Programa General de Trabajo del Tribunal.
El presupuesto se deberá remitir al Titular de la Jefatura de Gobierno para el sólo efecto de que se incorpore, en capítulo por separado y en los mismos términos formulados por el Consejo de la Judicatura, al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, que será sometido a la aprobación del Congreso;
Determinar el número de Salas, Magistraturas, Juzgados, y demás personal con el que contará el Tribunal Superior de Justicia.
Vigilar que se cumplan las disposiciones legales y administrativas relacionadas con sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos y recursos materiales;
Realizar visitas administrativas ordinarias cada tres meses a las Salas y Juzgados, por conducto de la Visitaduría Judicial, sin perjuicio de las que pueda realizar de manera extraordinaria, ya sea individual o conjuntamente en casos especiales cualesquiera de los Consejeros, pudiendo ser apoyados por las y los Magistrados de las Salas que conozcan de la misma materia.
También podrá el Consejo o la Visitaduría realizar visitas administrativas, cuando se trate de un medio de prueba dentro del trámite de una queja administrativa o de un procedimiento oficioso, o para verificar objetiva y oportunamente el eficaz funcionamiento de la instancia judicial de que trate, o en su caso, a petición de una Magistrada o Magistrado, cuando se trate de Juzgados.
Designar a una persona Titular de la Secretaría General del Consejo, la cual asistirá a las sesiones y dará fe de los acuerdos, así como al personal técnico y de apoyo. Las ausencias temporales de éste serán suplidas por el funcionario designado por quien presida el Consejo de la Judicatura, dentro del personal técnico;
Designar al Jurado que con la cooperación de instituciones públicas o privadas se integrará para el examen que presentarán las personas que deban ejercer los cargos de peritos, en los asuntos que se tramiten ante el Tribunal y dentro de los requisitos que esta Ley señale;
Nombrar a los Titulares de la Oficialía Mayor,, (sic) del Instituto de Estudios Judiciales, de la Visitaduría General y de las Visitadurías Judiciales y del Centro de Justicia Alternativa;
Proponer al Congreso la o el Titular de la Contraloría General;
Nombrar a las personas servidoras públicas administrativas de base y de confianza, del propio Consejo de la Judicatura, así como aquellos cuya designación no esté reservada a la autoridad judicial, a las y los titulares de los Órganos de apoyo judicial, áreas administrativas y las y los Consejeros;
Vigilar que se cumpla con las publicaciones de los extractos de las declaraciones de no responsabilidad pronunciadas en las quejas interpuestas en contra de las personas servidoras públicas de la administración de justicia y miembros del Consejo, que deberán efectuarse en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación en la Ciudad de México, y notificar personalmente al interesado el contenido de la publicación que se hizo.
En caso de no cumplir con la presente disposición, el interesado podrá solicitar al Consejo que dé cumplimiento a la misma, debiendo éste notificarle personalmente en un término no mayor a cinco días el cumplimiento dado a esta fracción;
Autorizar licencias cuando procedan por causa justificada, sin goce de sueldo, que excedan de quince días y hasta de tres meses, en un año;
Establecer los montos que por razón de la cuantía deberán conocer los Juzgados de lo Civil de Cuantía Menor y los de Proceso Oral Civil en los términos de esta Ley, y darlos a conocer a los Órganos Jurisdiccionales, mediante su publicación oportuna en el Boletín Judicial;
Desempeñar las funciones administrativas mediante la Comisión que al efecto se forme por quien presida y dos Consejeros en forma rotativa, bimestral y en orden alfabético, relacionadas con el manejo de los recursos humanos, financieros, materiales y de toda índole que correspondan al Consejo de la Judicatura, así como las del Tribunal, Juzgados y demás órganos judiciales;
Vigilar el cumplimiento por parte de las y los Jueces y Titulares de Magistraturas respecto de las instrucciones y lineamientos que en materia de estadística se dicten para el control administrativo y seguimiento de los expedientes que se tramiten ante ellos, tomando las medidas necesarias para su debida observancia;
Dictar las medidas necesarias para la organización y funcionamiento de la Dirección General de Procedimientos Judiciales y expedir las reglas de turno ordinario y extraordinario de los Juzgados Penales, las cuales deberá hacer del conocimiento de la Oficina Central de Consignaciones de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México cuando menos con treinta días de anticipación;
Autorizar cada dos años, en forma potestativa y con vista a sus antecedentes, a las personas que deben ejercer los cargos de Síndicos e Interventores en los Juicios de Concurso, Albaceas, Depositarios Judiciales, Árbitros, Peritos y demás auxiliares de la administración de justicia que hayan de designarse en los asuntos que se tramiten ante las Salas y Juzgados del Tribunal, previa la satisfacción de los requisitos a que se refiere el Título Sexto de esta Ley. La decisión que al respecto adopte el Consejo de la Judicatura será irrecurrible;
Fijar las bases de la política informática y de información estadística que permitan conocer y planear el desarrollo del Tribunal Superior de Justicia y del propio Consejo, así como regular, recopilar, documentar, seleccionar y difundir para conocimiento público, con apego a las normas en materia de transparencia y acceso a la información pública;
Emitir, en términos de la legislación relativa a transparencia y acceso a la información pública; protección de datos personales y las relativas al manejo de archivos públicos, las disposiciones reglamentarias conducentes;
Establecer a través de acuerdos generales, juzgados de tutela en las Demarcaciones territoriales;
Formar parte del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México.
Conocer de las excitativas que tengan por objeto conminar a Juzgadores y titulares de Magistraturas para que administren pronta y cumplida justicia cuando sin causa justificada transcurran los términos legales sin dictar las resoluciones que correspondan. (sic)
Las excitativas serán remitidas al Pleno del Tribunal Superior de Justicia, previa determinación de su procedencia y sólo podrán ser presentadas por las partes con interés legítimo; y
Las demás que determinen las Leyes y el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura.
Artículo 219
Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Ciudad de México
Son atribuciones de quien Presida el Consejo de la Judicatura las siguientes:
Representar legalmente al Consejo y atender los asuntos de la competencia del Pleno de dicho Consejo;
Asegurar la congruencia e interrelación de las funciones conferidas al Consejo de la Judicatura y a la Contraloría del Tribunal Superior de Justicia, con respecto a la investigación del comportamiento en el servicio del personal del Tribunal y de dicho Consejo. Igualmente sobre la imposición de medidas disciplinarias o de responsabilidades a esas personas servidoras públicas;
Recibir quejas sobre demoras y faltas en el despacho de los asuntos, turnándolos en su caso a la comisión correspondiente del propio Consejo, así como practicar por sí mismo visitas a Salas y Juzgados;
Presidir el Pleno del Consejo, sus comisiones, con excepción de la de Disciplina Judicial, y dirigir los debates, conservar el orden en las sesiones y llevar la correspondencia del Consejo;
Convocar a sesión extraordinaria cada vez que lo estime necesario, o si así lo piden más de dos Consejeras o Consejeros;
Proponer al Consejo de la Judicatura el nombramiento y remoción de las o los titulares de la Oficialía Mayor; de la Dirección General del Instituto de Estudios Judiciales; de la Visitaduría General y Visitadurías Judiciales, y del titular del Centro de Justicia Alternativa;
Resolver los asuntos cuya atención no admita demora, debido a su importancia, dando cuenta dentro de las veinticuatro horas siguientes al Consejo;
Conceder licencias a las personas servidoras públicas del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo, cuando procedan por causa justificada, con o sin goce de sueldo, cuando no excedan de quince días;
Vigilar la publicación de los Anales de Jurisprudencia y del Boletín Judicial;
Dirigir, con la colaboración de la Oficialía Mayor, la policía de los edificios que ocupa el Tribunal Superior de Justicia y los Juzgados, dictando las medidas adecuadas a su conservación e higiene, y a la distribución de las oficinas judiciales en sus diversas dependencias. Esta facultad se entiende sin perjuicio de las que confieren las leyes a las y los Magistrados y Juzgadores, para conservar el orden de sus respectivos locales dando aviso a quien presida;
Proponer al Pleno del Consejo de la Judicatura la expedición de acuerdos generales y demás disposiciones reglamentarias para el adecuado ejercicio de sus funciones; y
Las demás que determinen las leyes y el reglamento interior del Consejo.
CONSEJEROS
Magistrado Rafael Guerra Álvarez
Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo
de la Judicatura, ambos de la Ciudad de México
Dr. Andrés Linares Carranza
Ponencia I
Trayectoria en el TSJCDMX: Secretario de Acuerdos Juzgados Familiares, Juez Trigésimo Sexto, Décimo Cuarto, Décimo Noveno, Cuadragésimo segundo y Sexto Familiar; Magistrado, Décima Sala Civil; Magistrado Cuarta Sala Civil; Magistrado Quinta Sala Familiar.
Experiencia académica: maestro de asignatura en Teoría del Proceso, Maestro Titular de Procesal civil y sucesiones, Facultad de Derecho de la UNAM y de posgrado en materia de Derecho probatorio y Temas Selectos de Jurisprudencia en la máxima casa de estudios; catedrático en el Centro Universitario de Mazatlán, Sinaloa, e IEJ del TSJCDMX, de la Escuela Judicial de Chihuahua y Guanajuato.
Experiencia Laboral: Director General del Ministerio Público en lo familiar y Civil, PGJDF; director de Asistencia Jurídica del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; secretario de acuerdos, Juzgado Primero de Distrito en materia Civil en el Distrito Federal.
Obra editorial: articulista en la revista Tribunal Superior de Justicia con los estudios jurídicos sobre «Los deberes paterno filiales» y «Las acciones derivadas de la filiación». Articulista en Criminalia, sobre «Atención integral del menor infractor: aspectos jurídicos», Academia Mexicana de Ciencias Penales. Coautor «Derecho y Medios Electrónicos»; Tema: Medios Electrónicos como elemento de prueba. Ratificado como magistrado por la ALDF el 24 de febrero de 2017.
Licda. María Esperanza Hernández Valero
Ponencia II
Trayectoria: Especialidad en Derecho Judicial, IIJ-UNAM e IEJ del PJCDMX. Ha asistido a más de treinta cursos, diplomados, talleres y conferencias sobre Derecho Penal y Constitucional, Amparo, implementación de juicios orales en materia Civil y Mercantil, simulacros de audiencias oral Civil-Mercantil, nuevos enfoques de la administración de justicia, mediación, protección civil, ética judicial, técnicas y prácticas para hablar en público, prevención y combate al lavado de dinero, financiamiento del terrorismo, cooperación procesal internacional y derechos humanos.
Ha sido ponente en varios eventos académicos organizados por la SSP de la CDMX, la UNAM, el PJCDMX, los tribunales superiores de justicia de Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Estado de México, Morelos, Oaxaca y Zacatecas, así como la Universitas Nebraskensis, acerca de la Ley de Extinción de Dominio, reformas al Código de Comercio, juicios orales, desahogo de pruebas, alegatos, sentencias y proceso oral Civil y Mercantil.
Experiencia laboral: Pasante de Derecho, despacho jurídico González y Asociados; afiliadora, Afore Banorte, S.A.
Secretaria Proyectista, Juzgado Décimo Primero de Arrendamiento Inmobiliario; secretaria de Acuerdos, Juzgado Sexagésimo Octavo de Paz Civil; primera secretaria técnica de la Comisión de Disciplina Judicial, CJCDMX; Jueza Décima Sexta de Paz Civil; Jueza Décima Civil de Cuantía Menor; Jueza Cuarta Civil de Proceso Oral. En sesión plenaria pública extraordinaria de Magistrados del TSJCDMX, celebrada el 27 de septiembre de 2021, fue electa para ocupar el cargo de Consejera de la Judicatura de la CDMX, para el periodo comprendido del 1 de diciembre de 2021 al 30 de noviembre de 2027. Adscrita a la Ponencia 2 del CJCDMX.
Experiencia académica: Docente en el Instituto de Estudios Judiciales; Profesora de Preparación de Aspirantes para puestos de Juicios Orales; Juez Couch para la capacitación de Jueces en materia Oral; Ponente en Maestría de Juicios Orales Civiles, Mercantiles, Familiares, así como en Especialidades y Maestrías en Derecho Judicial; Instructora en Reformas al Código de Comercio, Conferencista en Ley de Extinción de Dominio.
Lic. Susana Bátiz Zavala
Ponencia III
Dr. Ricardo Amezcua Galán
Ponencia IV
Trayectoria: Es Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, titulado con Mención Honorífica; Maestro en Derecho por la Universidad de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, con beca de alto rendimiento UNAM/CONACYT, y es Doctor en Política Criminal. De igual forma, tiene 4 Especialidades: Cursó la Especialidad de Criminalística y es perito en la misma; cursó la Especialidad en Amparo y Derechos Humanos, así como en Derecho Penal, cursadas estas en el Instituto Nacional de Ciencias Penales, Especialidad de Garantismo en Derecho Penal, en la Universidad de Girona/ España en el Instituto HEEBO y titulado en todas ellas con Excelencia Académica. Actualmente se encuentra cursando en la Especialidad en Derecho Penal Internacional en la Universidad de Salamanca, España.
Así mismo, ha recibido diversas distinciones por su labor docente, en la que destacan: El Instituto Mexicano de Líderes de Excelencia, Claustro Nacional de Doctores Honoris Causa, Doctorado Honoris Causa por la Universidad Instituto Americano Cultural y Cátedra Extraordinaria “Francisco M. Vázquez” por el H. Consejo Técnico de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Experiencia académica: Ha cursado 7 Diplomados en diversas Instituciones públicas, como privadas, como son el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, la Universidad Autónoma de México (UNAM), el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México (UNAM), la Escuela Libre de Derecho, entre otras. Asimismo, obteniendo la beca que otorga la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y la Fundación Oasis México/ E.U.A. con el programa Justice in México cursó “Técnicas de Litigación en el Sistema Acusatorio” en la Universidad de Harvard en Cambridge, Massachussets.
Es miembro de: “La Barra Mexicana Colegio de Abogados”; de “La Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, A.C”; del “Colegio de Egresados de Posgrado en Derecho, A.C.”; del” Colegio de Profesores de Derecho Procesal Civil”; del” Colegio de Profesores de Derecho Procesal Penal” (UNAM); de “La Asociación Nacional de Locutores, A.C.”; y del “Claustro de Doctores de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de México”, “La Barra Latinoamericana de Juristas y Peritos”, entre otras.
Experiencia laboral: Ha sido abogado postulante y director de diversos despachos jurídicos. Cuenta con licencia y certificado de Locutor-conductor, y participa con comentarios en diversos programas y estaciones de radiodifusión.
En la Función Pública ha sido miembro de Gabinete de la Delegación (ahora Alcaldía) Benito Juárez, ocupando los siguientes cargos: Director Político de la Demarcación Benito Juárez; Director General de Gabinete y proyectos especiales; Coordinador de Asesores del delegado; Asesor del delegado; Coordinador de Gabinete y asesor del alcalde.
Ha impartido y contribuido en distintos Cursos, Talleres, Conferencias y Diplomados en los que destacan: Curso de “Introducción a la Teoría del Proceso” en el instituto de Investigaciones Parlamentarias, Conferencia sobre el “Sistema Nacional y Local Anticorrupción” en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, Conferencia sobre “Extinción de Dominio” en la Barra Latinoamericana de Juristas y Peritos, A.C., Jornadas Jurídicas sobre “Los Alcances de la Extinción de Dominio con la Reforma” en la Universidad de Londres, el “Simposium Internacional sobre Sistemas de Justicia Orales Adversariales” en el proyecto Oral Adversarial Skill-Building Immersion Seminar, en la Universidad de San Diego, “Coloquio de la Prueba Judicial en el siglo XXI” por el Poder Judicial de la Ciudad de México, “Jornadas de debate a distancia” por el Poder Judicial de la Ciudad de México, “Segunda Semana de Cultura Jurídica con el tema La urgencia de la legislación procesal acorde a los juicios en línea” por el Colegio de Jueces del fuero común de la Ciudad de México.
Cuenta con numerosos cursos tales como: “Juicios Orales en materia Civil y Derecho Familiar”, “Certificación en Procedimiento Administrativo” por el INACIPE y UNAM, Taller de “Juicios Orales en materia Penal” por la UNAM, Curso de “Fundamentos del Derecho de Acceso a la Información Pública y la Protección de Datos Personales de la Ciudad de México” por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, Curso de “Razonamiento Probatorio y la Prueba Pericial”, Curso “XVI Jornadas sobre Justicia Penal” en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Academia Mexicana de Ciencias Penales, “La Jornada Jurídica en el Sistema Oral en Materia Civil, Mercantil, Familiar y Penal” por el Centro Universitario Trilingüe, Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial del D.F. y por la Confederación Internacional de Abogados, Seminario Internacional “Un centenario de los tribunales constitucionales” por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Curso de “Enriquecimiento ilícito y decomiso” por la Universidad de Salamanca.
Se le ha reconocido su participación en programas de radio como es el Canal Ius Multimedia de la Facultad de Derecho de la UNAM, el programa “Café Jurídico” con el tema “Ley de Extinción de Dominio”, en Radio Ius, en ABC Radio, Justicia T.V. (Canal del PJF), entre otros.
Mtra. Emma Aurora Campos Burgos
Ponencia V
Trayectoria en el TSJCDMX: Oficial Judicial “B”, Décima Primera Sala Penal, hoy Cuarta Sala Penal; Secretaria Proyectista, Octava Sala Penal; Jueza Cuadragésimo Octavo Penal; Jueza en funciones de Control y de Tribunal de Enjuiciamiento en el Sistema Procesal penal Acusatorio de la Ciudad de México, actualmente se desempeña como Consejera de la Judicatura de esta entidad federativa a partir del 19 de octubre de 2021.
Experiencia laboral: Delegada, Dirección General de Amparo PGR; Auxiliar del Ministerio Público, PGR; Agente del Ministerio Público, PGJCDMX.
Experiencia académica: Docente a nivel Maestría en diversas instituciones académicas del sector público y privado, así como del Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de México.
Obras editoriales: “El Desahogo de los Medios de Prueba en Audiencia”, Nova Iustitia, Revista Digital de la Reforma Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Año V, No. 19. Mayo 2017; Primera edición del “Código Nacional de Procedimientos Penales comentado por impartidores de justicia de la Ciudad de México”, publicado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y Editorial BOSCH México, junio 2019.
Otros: Máster Internacional en Derecho Penal, Constitución y Derechos, Universidad Autónoma de Barcelona y UAM; Curso de posgrado en Derecho, Especialidad en Criminología, Universidad de Salamanca, España; Maestría con mención Honorifica en Derecho Penal, UNAM y TSJCDMX; Especialización en Justicia para Adolescentes, Proceso y Ejecución de Medidas, IJF, Escuela Judicial, PJF; Especialidad en Derecho Penal, Centro Universitario Integral Ius Semper; Diplomado en Juicio de Amparo, Universidad Iberoamericana.
Línea de especialización: Ha participado e impartido diversas cátedras, conferencias, cursos y diplomados relacionados con el Sistema Procesal Penal Acusatorio, Derechos Humanos y Perspectiva de Género, Derecho Penal, Justicia para Adolescentes, Derecho Constitucional y amparo, ética y mediación.
Dra. Irma Guadalupe García Mendoza
Ponencia VI
Fecha y lugar de nacimiento:
30 de diciembre de 1970, Iztapalapa, Ciudad de México.
Institución de egreso:
Universidad Nacional Autónoma de México.
Cédula Profesional: 2365804
Año de Ingreso al TSJCDMX: 1993
Formación Académica: Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, en la cual obtuvo las medallas al mérito académico “Dr. Eduardo García Maynez” y “Gabino Barreda”; cuenta con la Maestría en Ciencias Jurídico Penales, por parte del Instituto Nacional de Ciencias Penales, la Maestría en Litigación en Juicios Orales por parte del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas, con especialidad en Juicios Orales; y con la Maestría en Derechos Humanos y Democracia, por parte de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales -FLACSO-, en el cual obtuvo su Título por Excelencia; y cuenta con Doctorado en Derecho Penal, por parte del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas.
Trayectoria en el Poder Judicial de la Ciudad de México: Se desempeñó en un inicio como Meritoria en el Juzgado Décimo Octavo Penal del Distrito Federal; realizó su Servicio Social en el Juzgado Quincuagésimo Primero Penal del Distrito Federal; y laboró como Secretaria Proyectista de Sala; además se desempeñó como Jueza Quincuagésimo Segundo Penal del Distrito Federal; y como Magistrada de la Décima Sala Civil, y de la Octava Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Experiencia Laboral: Laboró en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, donde obtuvo los cargos de Oficial Mecanógrafo, Oficial Secretario, Jefa de Unidad Departamental, Profesional Dictaminador de Servicios Especiales, y como Agente del Ministerio Público “B”, “A”, “AA” y Agente del Ministerio Público Supervisora; además Trabajó en la Procuraduría General de la República como Directora General de Investigación y Análisis, en la Coordinación General de Investigación; como Directora General de Procedimientos Penales y Directora Ejecutiva; y en el Cuarto Tribunal Unitario del Primer Circuito, como Oficial Judicial.
Actividad Docente: Se desempeñó como Maestra en el Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de la República; así como en el Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y actualmente como Docente en el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas, donde se le entregó el Reconocimiento de Dama Comendadora de la Educación.
Cursos Realizados: Cuenta con cursos en materia de Derecho Penal, entre los que se destacan “Escenarios del Crimen e Investigación de Homicidio”; “Análisis de las Reformas a la Constitución y a la Legislación Penal”; asimismo cuenta con cursos de “Transformación y Calidad Humana” y “Ética Pública”; además cuenta con cursos de “Estado de Derecho, Gobernabilidad y Justicia”; en materia de Protección Civil, así como diversos cursos de actualización en materia del Sistema de Justicia Penal Acusatorio; en materia de “Derechos Humanos y Género” por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; así como en la “Reforma de Derechos Humanos y Nuevo Control de Constitucionalidad”, impartido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Instituto Nacional de las Mujeres y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres de la ONU Mujeres; además en “Trata de Personas: Retos y Desafíos para la Investigación, Sanción y Reparación de las Víctimas” por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; y Cursos en materia de Protección de Datos Personales, entre los que se destacan los de “Clasificación de Información y Elaboración de Versiones Públicas y la Protección de Datos Personales de la Ciudad de México”, por parte del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Secretaría General
Asentar en los expedientes las certificaciones que por Acuerdo le sean ordenadas;
La Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, establece en su Título Décimo Del Consejo De La Judicatura De La Ciudad De México; Capítulo I Denominación, Objeto, Integración Y Funcionamiento, artículo 196 que “el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México contará por lo menos con dos Comisiones que serán: a) Comisión de Disciplina Judicial, y b) …”.
Por su parte el artículo 110 del Reglamento Interior de Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México señala que “La Comisión de Disciplina Judicial tiene como función primordial, conocer las conductas de los servidores públicos y resolver, en su caso, la responsabilidad administrativa de los mismos, a fin de lograr un ejercicio responsable, profesional e independiente en la función jurisdiccional, así como evitar actos que la demeriten.”
La Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, establece en su Título Décimo Del Consejo De La Judicatura De La Ciudad De México; Capítulo I Denominación, Objeto, Integración y Funcionamiento, artículo 196 que “el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México contará por lo menos con dos Comisiones que serán: a) …, y b) Comisión de Administración y Presupuesto.”
Por su parte, el artículo 74 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, señala que “la función administrativa, se desempeñará a través de la Comisión de Administración y Presupuesto del Consejo, en los términos establecidos en la Ley Orgánica. Dicha Comisión ejercerá la función de vigilar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros del Tribunal y del Consejo, que operarán los órganos competentes, con apego al presupuesto de egresos autorizado por la Asamblea Legislativa y la normatividad en la materia, conforme a los principios establecidos en la Ley Orgánica y en este Reglamento.”
Dictaminar las propuestas correspondientes a niveles de Dirección, Subdirección y homólogos, remitiéndolas al Pleno del Consejo para su análisis y aprobación en su caso, así como autorizar las propuestas para ocupar puestos comprendidos entre los niveles 025 a 021 para el Tribunal, así como 25 a 21 para el Consejo, mismas que se remitirán al Oficial Mayor para la realización de los trámites administrativos y la expedición del nombramiento correspondiente y conocer y resolver respecto de las controversias extraordinarias que surjan en materia de recursos humanos, así como aquellas que en forma específica le sean instruidas por el Pleno del Consejo, observando en lo no previsto la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la Ley Federal del Trabajo, el presente Reglamento Interior, las Condiciones Generales de Trabajo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y los principios generales de derecho.
La Oficialía Mayor remitirá un informe trimestral a la Secretaría Técnica de la Comisión de Administración y Presupuesto, dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión del trimestre inmediato anterior, autorizado por el titular de la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos que contenga los movimientos de personal correspondientes a las áreas de apoyo judicial y administrativas del Tribunal, así como de las áreas que integran el Consejo, efectuados en ejercicio de la facultad que le delega el artículo 10, fracción XII, tercer párrafo, de este reglamento, utilizando para ello el formato autorizado por el Pleno del Consejo, que contendrá los antecedentes del movimiento de personal y la validación de los documentos con que se haya acreditado la idoneidad del aspirante o servidor público para la ocupación del cargo o puesto de que se trate, bajo la responsabilidad de la citada Dirección Ejecutiva, incluyendo la fecha en que los mismos hayan sido comunicados a los Titulares de las áreas así como a los servidores públicos correspondientes.
Dirección de Enlace Administrativo
El artículo 69 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, establece que “La Dirección de Enlace Administrativo es el área auxiliar de la Oficialía Mayor, que bajo sus directrices se encarga de administrar los recursos humanos, materiales, financieros y proporcionar los bienes y servicios que requiera el Consejo.”
Contraloría
La Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en su Título Décimo Cuarto De La Contraloría; Capítulo Único, artículo 242, señala que “La Contraloría del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México tendrá a su cargo las facultades de control y la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que fijan las leyes aplicables a los órganos, servidores públicos y empleados del propio Tribunal Superior de Justicia, incluyendo a los del Consejo de la Judicatura, ambos de la Ciudad de México.”
Asimismo, el Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México en su artículo 169, indica que “La competencia de la Contraloría estará determinado (sic) por la naturaleza de la conducta o faltas de los servidores públicos de la Institución, por lo que deberá ajustarse a lo estrictamente establecido en el artículo 244 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, constriñendo su actuación al conocimiento de las disposiciones en materia de presupuesto, ingresos, egresos, financiamiento, patrimonio y fondos, así como las relativas a los sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios y recursos materiales, planeación, situación patrimonial y auditorías, vigilando su cumplimiento conforme a la normatividad aplicable, así como a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.”
La citada Ley Orgánica enlista sus atribuciones:
Visitaduría
La Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en su Título Undécimo, De La Visitaduría Judicial; Capítulo Único, artículo 203 establece que: “La Visitaduría Judicial es el órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, el cual estará bajo la responsabilidad de la Comisión de Disciplina Judicial, es competente para verificar el funcionamiento de las Salas y de los Juzgados, y para supervisar las conductas de los integrantes de estos órganos, de conformidad con los lineamientos emitidos por el Consejo…”
Última fecha de actualización: agosto 2022.