Ciudad de México, 25 de junio de 2019.

Existe en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) la posibilidad de demandar alimentos a una persona mediante un trámite en el que no se requiere contar con un abogado, explicó Alejandro Sevilla Talavera, quien funge como secretario judicial en el órgano judicial capitalino.

Durante una entrevista en 21 Noticias de Capital 21, conducido por Alejandra Gallardo, Sevilla Talavera detalló que este trámite se denomina alimentos por comparecencia, y que quien ejerce la patria potestad de aquel menor para el que se solicite pensión sólo debe presentar el acta de nacimiento correspondiente, que es con lo que se acredita la afiliación entre padres e hijos.

Abundó que el trámite se realiza en ventanilla única de la Oficialía de Partes del TSJCDMX, ubicada en avenida Niños Héroes 150, oficina que turnará el trámite al juzgado correspondiente.

El secretario judicial, quien ha fungido como juez por ministerio de ley, respondió que alimentos son todos aquellos elementos indispensables para la subsistencia y bienestar de un individuo, en lo físico, moral y social para que se desarrolle y tenga una vida digna.

Se trata, especificó, de comida, vestido, habitación, atención médica, educación, entre otros.

A pregunta del auditorio, se refirió al caso de aquellos deudores alimentarios que constantemente cambian de trabajo, lo que genera que la pensión para sus acreedores sea recibida de manera intermitente.

Sevilla Talavera puntualizó que la persona que paga pensión alimenticia tiene la obligación de informar al juzgado correspondiente los cambios en relación a sus fuentes de empleo.

Agregó que, a su vez, quienes reciben la pensión pueden, por medio de sus representantes, solicitar que el juez gire los oficios necesarios a dependencias como el IMSS y el ISSSTE, para que éstas informen respecto a si el deudor cuenta con algún trabajo.