Sala Constitucional
SALA CONSTITUCIONAL
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Creación de la Sala Constitucional
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en fecha 29 de enero de 2016, es modificada en materia de Reforma Política de la Ciudad de México, principalmente en sus artículos 44 y 122, ya se reconoce a la Ciudad de México como entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa. Se establece que el poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, además que la Constitución Política de la Ciudad de México, establecerá las normas, las garantías para el goce y la protección de los derechos humanos en los ámbitos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Federal.
Es importante resaltar que en sus artículos transitorios Séptimo, Octavo y Noveno de la Carta Magna, se determinó que la Asamblea Constituyente expresa la soberanía del pueblo y ejercerá en forma exclusiva todas las funciones del Poder Constituyente para la Ciudad de México, siendo entre sus atribuciones la de aprobar, expedir y ordenar la publicación de la Constitución Política de la Ciudad de México.
Después de que se llevaron a cabo numerosos foros celebrados en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa y en las delegaciones (ahora Alcaldías). Se llevaron a cabo más de 500 reuniones con organizaciones de la sociedad, entre ellas: movimientos populares, sindicatos, empresarios, pueblos comunidades indígenas, barrios originarios, asociaciones de trabajadores no asalariados, defensores de derechos humanos y de grupos de atención prioritaria. Contribución de las dependencias y órganos públicos de la ciudad, quienes a su vez realizaron encuentros con expertos de las áreas de su competencia, además, de diálogos con representantes de organismos internacionales y especialistas extranjeros en diversas materias, se llevó a cabo la encomienda a de los especialistas de la H. Asamblea Constituyente, la elaboración, análisis, aprobación y publicación de la Constitución Política de la Ciudad de México, siendo que en sesión solemne celebrada el 31 de enero de 2017, se aprobó la Constitución Política de la Ciudad de México, siendo un hecho histórico para esta Ciudad Capital, que en fecha 5 de febrero de 2017, se promulga la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual es considerada como la más avanzadas, la cual contiene una extensa carta de derechos y novedosas bases político-administrativas para la Ciudad, dirigidos en protección de los habitantes, integrantes de la sociedad, resaltándose en todo momento el principio elemental de progresividad de Derechos Humanos.
La Constitución Política de la Ciudad de México, fue impugnada por la entonces Procuraduría General de la República (hoy Fiscalía General de la República), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los partidos políticos de Morena y Nueva Alianza, a través de las acciones de inconstitucionalidad 15/2017 y sus acumuladas 16/2017, 18/2017 y 19/2017. Finalmente, dichas acciones de inconstitucionalidad, se resolvieron en dos etapas, pero en ninguna de ellas la Suprema Corte de Justicia de la Nación, encontró bases para estimar fundadas tales impugnaciones, solamente declaró la invalidez de algunos artículos en sus porciones normativas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver las mencionadas Acciones de Inconstitucionalidad determino valido el proceso legislativo que dio origen a la Constitución Política de la Ciudad de México, así como en el tema que conoce la Sala Constitucional que nos ocupa de medios de control constitucional, estableció que a través de los juicios de constitucionalidad locales sólo se permite reclamar actos o normas locales por estimarlos directamente violatorios de los derechos humanos reconocidos en la Constitución local, los órganos encargados de la decisión de tales juicios no pueden ni deben ignorar o pasar por alto el parámetro de regularidad constitucional, por lo que deben atender, al menos, a los siguientes postulados:
• Al interpretar un derecho reconocido en la Constitución local, los juzgadores no deben alterar la identidad ni el contenido esencial de algún derecho humano del parámetro de regularidad constitucional. Si las normas constitucionales locales no pueden hacerlo, mucho menos su interpretación.
• La interpretación que efectúen los juzgadores no se puede oponer a la que sostenga esta Suprema Corte en materia de derechos humanos. Por el contrario, exige que los juzgadores locales tengan presente el desarrollo jurisprudencial constitucional e internacional sobre el derecho en cuestión.
• Los derechos humanos reconocidos en el parámetro de regularidad constitucional que hayan sido ampliados, desarrollados o complementados en una constitución local, deberán interpretarse de manera sistemática tomando en cuenta en su conjunto los contenidos normativos de ambas fuentes, sin perjuicio de la jerarquía.
• Los juzgadores locales deberán tomar como base de sus interpretaciones los criterios que prevé el artículo 1º de la Constitución Federal.
Es de suma importancia para esta Sala Constitucional que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya decretado la validez constitucional del artículo 36, apartado B, numeral 1, inciso c), y apartado D, numerales 1, 2 y 3, de la Constitución Política de la Ciudad de México. Ya que dicho ordenamiento constitucional es el que le da vida a este Órgano de Control Constitucional, es importante que el máxime interprete constitucional estableció que los jueces de las entidades federativas que tengan competencia para ejercer control constitucional de actos o normas, sí pueden en principio realizar declaratorias de inconstitucionalidad con efectos generales, siempre que así lo determine el Poder Constituyente local y la regulación local respectiva de esa institución no obstaculice de manera directa y material en el ejercicio de la misma facultad de este Máximo Tribunal.
En el tema de acción de protección efectiva de derechos humanos dejo claro que las entidades federativas sí pueden establecer juicios locales de protección de derechos humanos a nivel local, siempre que su diseño y regulación no invadan las facultades de otro poder o nivel de gobierno, esto es, que el juicio de protección efectiva de derechos consagrado en la Constitución de la Ciudad de México es constitucionalmente válido en virtud de que, no invade las facultades del Poder Judicial de la Federación rencionadas con el juicio de amparo.
Es importante señalar que, conforme al criterio del Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , el juicio de tutela local y, sobre todo, su posterior revisión por la Sala Constitucional de la Ciudad, podrán ser impugnados ante los tribunales colegiados de circuito en un juicio de amparo directo, conforme a los artículos 103, fracción I, y 107, fracción III, inciso a), de la Constitución Federal. De esta manera, se garantiza que las interpretaciones que realice esa Sala sean revisadas y, en su caso, validadas por el Poder judicial de la Federación, como intérprete último del marco jurídico mexicano en materia de derechos humanos.
INSTAURACIÓN DE LA SALA CONSTITUCIONAL
En sesión del Pleno Público extraordinario del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, de fecha 26 (veintiséis) de noviembre de 2019 (dos mil diecinueve), la cual estuvo presidida por el Señor Magistrado Rafael Guerra Álvarez, Presidente de esta casa de Justicia, siendo punto del orden del día la convocatoria para las Magistradas y los Magistrados en activo que deseen integrar la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Lo que precede, ante la asistencia de la mayoría de los integrantes del Pleno que se requiere, se declaró abierta la sesión; por su parte en dicha sesión el señor Presidente Rafael Guerra Álvarez, hizo del conocimiento del público en general que en fecha 15 (quince) de noviembre del 2019 (dos mil diecinueve), fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México. Así, en cumplimiento a lo dispuesto en el capítulo II, artículo 7, fracción V, de la mencionada ley, la Presidencia del Tribunal emitió la convocatoria y bases a las cuales han de ceñirse las magistradas y los magistrados en activo que deseen integrar la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Dicha convocatoria fue aprobada por el pleno en la sesión de fecha 21 (veintiuno) de noviembre de la aludida anualidad.
En ese sentido en la Base Cuarta de dicha convocatoria contiene el procedimiento y sistema a seguir para llevar a cabo esta votación, a saber:
“4.- PROCEDIMIENTO: Concluida la etapa de ingreso de solicitud y expedición del registro de inscripción, se llevará a cabo el proceso de designación, para lo cual, se observará lo siguiente:
4.1.- El Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, designará en pleno público, mediante un proceso transparente de elección, a las Magistradas y los Magistrados que integrarán la Sala Constitucional, de entre los que previamente hayan cumplido con el proceso de presentación de la solicitud respectiva y obtención del registro correspondiente;
4.2.- La designación se hará mediante una elección que emplee el sistema de urnas para efectuar la votación respectiva, en sesión pública, para cada uno de los siete integrantes que formarán la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México; para lo cual, el Magistrado Presidente elaborará una lista de Magistradas y otra lista de Magistrados aspirantes al cargo.
4.3.- Cada integrante del Pleno en la sesión pública que se convoque para efectuar la designación de las Magistradas y Magistrados de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, emitirá su voto. Para tal efecto, se elaborará la boleta que contendrá la lista de los nombres de las Magistradas y los Magistrados inscritos, en la que cada Magistrado votará por los siete candidatos que elija, respetando la equidad de género. Son causas de invalidez del voto emitido como sufragio para la elección de las Magistradas y los Magistrados de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, cuando la boleta de votación, contenga más de siete marcas; que se encuentre en blanco; o que, tenga voto a favor de una persona que no haya hecho su procedimiento de registro en términos de lo dispuesto en la base 3 de esta convocatoria.
4.4.- Serán designados integrantes de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, las tres Magistradas y los tres Magistrados que resulten con mayoría simple de votos en las listas respectivas. Para la designación del séptimo integrante, se tomará el cuarto lugar de la lista de Magistradas y el cuarto lugar de la lista de Magistrados, recayendo la designación en aquél de estos dos que resulte con mayor número de votos. En caso de empate, se llevará a cabo una segunda votación, sólo para el efecto de llevar a cabo la designación del último integrante de la Sala Constitucional.
4.5.- El Presidente del Tribunal Superior de Justicia hará la declaratoria formal de la integración de la Sala Constitucional.”
Fueron 15 (quince) Magistradas y Magistrados en total, los que realizaron su correspondiente trámite de registro, se llevó a cabo el proceso de elección de manera transparente, mediante el empleo del sistema de urnas para tal efecto, por lo que cada Magistrada o Magistrado voto por los siete candidatos que eligió, respetando la equidad de género, una vez que se realizó el computo de los votos de las Magistradas y los Magistrados que obtuvieron la mayoría simple, es por lo que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en uso de la palabra expresó:
En virtud de que se cumple con la mayoría de votos establecida por la ley, esta Presidencia hace la DECLARATORIA FORMAL DE DESIGNACIÓN DE LAS MAGISTRADAS Y LOS MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, que estará conformada por:
1.- Magistrada ADRIANA CANALES PÉREZ.
2.- Magistrada CRUZ LILIA ROMERO RAMÍREZ.
3.- Magistrada SARA PATRICIA OREA OCHOA.
4.- Magistrado ANTONIO MUÑOZCANO ETERNOD.
5.- Magistrado JAVIER RAÚL AYALA CASILLAS.
6.- Magistrado EDUARDO ALFONSO GUERRERO MARTÍNEZ.
7.- Magistrado JORGE PONCE MARTÍNEZ.
De esta forma declaró formalmente integrada la designación de los magistrados de la Sala Constitucional, y manifestó en este momento para nosotros es una etapa histórica que nos ha costado –en verdad- un año de trabajo para el Poder Judicial de la Ciudad de México, – en verdad- mantener la autonomía e independencia de este Tribunal.
Habiéndose determinado hacer del conocimiento dicha determinación al Congreso de la Ciudad de México y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.
Es el caso que en fecha 29 (veintinueve) del mes de noviembre de 2019 (dos mil diecinueve), se llevó a cabo la Primera Sesión de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, previa convocatoria, se celebró en el salón de Plenos, en la cual asistieron los 7 (siete) ciudadanos Magistradas y Magistrados que fueron elegidos el 26 (veintiséis) de noviembre de 2019 (dos mil diecinueve), siendo los siguientes:
• Mag. Javier Raúl Ayala Casillas.
• Mag. Adriana Canales Pérez.
• Mag. Eduardo Alfonso Guerrero Martínez.
• Mag. Antonio Muñozcano Eternod.
• Mag. Sara Patricia Orea Ochoa.
• Mag. Jorge Ponce Martínez.
• Mag. Cruz Lilia Romero Ramírez.
Acorde a lo previsto en la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, se llevó a cabo la elección del Magistrado Presidente de la Sala Constitucional, mediante voto secreto siendo elegido por mayoría de votos el Magistrado Javier Raúl Ayala Casillas como Presidente de la Sala Constitucional, cargo que hasta el momento viene desempeñando, con duración de 4 años.
En esa misma sesión, se nombró al Doctor Mario Ignacio Álvarez Ledesma como Secretario General de Acuerdos de la Sala Constitucional, de conformidad a lo previsto en el artículo 9 de la antecitada Ley de la Sala Constitucional, designación que realizó el Magistrado Presidente de la aludida Sala Constitucional.
Además, se realizó la designación de las ponencias en orden al decanato. Así que, en razón de turno, se acordó que todas las ponencias conocerán indistintamente de los asuntos sujetos a su competencia.
Desafortunadamente en fecha el 25 (veinticinco) de marzo del 2021 (dos mil veintiuno), y lamentablemente ocurre el fallecimiento del Magistrado Antonio Muñozcano Eternod y con lo cual perdimos una mente brillante, jurista dedicado e incansable administrador de justicia que mucho aporto durante su gestión, por ello es que, el 25 (veinticinco) de agosto de esa misma anualidad, tuvo lugar el procedimiento de elección de su nuevo integrante y en donde, en sesión plenaria pública del Pleno de Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia de esta entidad federal, se designó al Magistrado Rogelio Antolín Magos Morales.
Además, en el mes de junio del 2022 (dos mil veintidós), bajo el mismo procedimiento de elección plenaria pública, se da la incorporación a la Sala Constitucional de la Magistrada María Rosario Marenco Ortega, en sustitución por retiro del Magistrado Eduardo Alfonso Guerrero Martínez. Ante la renuncia del cargo del Secretario General de Acuerdos, fue nombrado el Doctor Jaime López Ruelas, quien a la fecha funge con tal carácter.
Marco Normativo
Marco Normativo de la Sala Constitucional de la Ciudad de México
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal
INTEGRANTES



DATOS PERSONALES
- Originario de la Ciudad de México.
- Egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.
- Integrante de la Primera Generación de Alumnos del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
- Maestría en Ciencia Jurídico Penal por el Instituto Nacional de Ciencias Penales.
- Master Internacional “Constitución, Derecho Penal y Derechos Humanos”, por la Universidad de Barcelona.
- Master Internacional “Sistemas Penales Comparados”, también por la Universidad de Barcelona.
- Doctor en Derecho Penal por el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas.
- Especialidad en Derechos Humanos por la Universidad de Castilla La Mancha, España.
- Docente certificado por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal.
- Consejero Editorial Honorario de la Revistas especializadas “Derecho Penal Mínimo” y “Criminogénesis”.
ACTIVIDADES DOCENTES
- Profesor titular de Derecho Penal I, Derecho Penal II y Derecho Procesal Penal, en la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón.
- Profesor encargado de los módulos “Derecho Orgánico Judicial” y “Derecho Procesal Penal” en los Cursos de Preparación para Juez Penal, en el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
- Docente en los Cursos de Preparación al Cargo de Secretario Proyectista de Sala en Materia Penal, en el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
- Profesor de la asignatura Delitos en Particular en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.
ACTIVIDADES LABORALES
- Oficial Judicial Interino del Juzgado Vigésimo Segundo Penal.
- Secretario Proyectista adscrito a las Salas Penales Sexta y Octava del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
- Juez Penal adscrito a los Juzgados Penales Décimo, Segundo y Octavo del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
- Magistrado de la Novena Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia.
- Magistrado integrante de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
PUBLICACIONES
Autor de diversas obras, artículos y ensayos, como son entre otros:
- Análisis de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de la Ciudad de México frente a los órganos de control constitucional en otras entidades federativas.
- La preservación de derechos fundamentales mediante sobreseimiento en casos concretos.
- El derecho a la libertad personal y la detención por delito flagrante de querella.
- Código Nacional de Procedimientos Penales Anotado.



El Magistrado Ayala Casillas es egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, en donde se tituló con la tesis “Organismos Públicos de Función Social”. Posteriormente realizó diversos estudios de postgrado, destacándose una especialidad en Ciencias Penales en la División de Estudios Superiores, Maestría en Ciencias Penales (habiendo obtenido en dos ocasiones diploma por el mejor promedio en la misma) y Doctorando todo en la UNAM. Además, posee el Master Internacional en Derecho Penal por la Universidad Autónoma de Barcelona y múltiples cursos de actualización.
En el ámbito laboral, el Magistrado Ayala Casillas tiene una larga trayectoria en el Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México desde 1972 a la fecha, ha sido sucesivamente: Meritorio, Taquígrafo, Oficial Judicial, Secretario Proyectista de Juzgado y Sala Penal, Juez Penal, primero interino y después por examen de oposición, obteniendo el primer lugar en su generación judicial, Magistrado Interino, Magistrado Supernumerario y Magistrado Numerario ya ratificado, todos en el ámbito de la materia penal.
Su actividad docente también es muy amplia, habiendo sido profesor en el Campus Acatlán y Aragón de la UNAM, y en la Facultad de Derecho de la propia Universidad; en el Instituto de Formación Profesional de la entonces Procuraduría General de la República y de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; así como en las Procuradurías de Justicia de los Estados de Tlaxcala y Morelos; en el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia capitalino en donde además se desempeñó como Secretario Técnico; del mismo modo, ha impartido múltiples conferencias y simposios a nivel nacional en materia penal; interviniendo con expositores nacionales e internacionales, en donde ha abordado múltiples temas de su especialidad y ha sido también docente en la Universidad Tepantlato, impartiendo clases a nivel de maestría y doctorado, así mismo ha sido sinodal en el Instituto Nacional de Ciencias Penales y ha fungido en múltiples ocasiones como sínodo del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en concursos de oposición y ratificación judicial.
A su vez, el Magistrado Ayala Casillas ha tenido una amplia participación desde el año 2001 a la fecha, en diversas comisiones interinstitucionales celebradas entre el Poder Judicial y, en su momento, la Asamblea del Distrito Federal que hoy conforma el Congreso de la Ciudad de México en donde se efectúo la redacción de proyectos de reformas y adiciones a diversos ordenamientos legales como el Código Penal, el Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal así como intervino en la redacción del Nuevo Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales en el Sistema Procesal Penal Acusatorio, que en su oportunidad fueron aprobados por unanimidad legislativa y publicados, tanto en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal, como en el Diario Oficial de la Federación. A su vez integró hasta el 2016, el Grupo de Coordinación Interinstitucional entre el Poder Judicial y la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el ámbito de la protección de los derechos humanos, para la atención de los casos de reclamaciones y demandas contra México ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, destacándose su intervención en el caso “Alfonso Martín del Campo Dodd”.
Es autor de diversas publicaciones sobre diversos temas en materia penal y procesal penal; coordinó las obras “Código Penal de la Ciudad de México” y “Código Nacional de Procedimientos Penales”, ambas comentadas por juzgadores del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Formó parte de la Comisión para la Elaboración y Redacción del Código Penal de la Ciudad de México vigente; autor de las reformas sobre el procedimiento de inimputables permanentes y el último concepto de cuerpo del delito; impulsor y redactor de la apelación ampliada. También ha coordinado la Comisión para la Implementación de la Reforma Constitucional, designado por el Pleno de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal.
Fue designado por el Pleno de Magistrados del Poder Judicial de la Ciudad de México, Magistrado Constitucional y, a su vez, nombrado por unanimidad de los integrantes de la Sala Constitucional, Presidente de la misma, cargo que hasta la fecha desempeña desde hace casi 4 años. Ejerce también de modo bifuncional el cargo de Magistrado Penal integrante de la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.



La Magistrada Maestra MARÍA ROSARIO MARENCO ORTEGA nació en la Ciudad de México. Estudió la licenciatura en Derecho en la Universidad Intercontinental.
Cursó la Maestría en Derecho Civil en la Universidad IUS SEMPER, obteniendo mención honorífica por haber obtenido un promedio de 10 de calificación, siendo la primera desde la fundación de esa Universidad, en obtener esa calificación.
Dentro de su trayectoria como profesional del Derecho, litigó durante 2 años en materia laboral.
Posteriormente en el año de 1997, ingresó al Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal, hoy Ciudad de México donde ha desempeñado los cargos de: Secretaria Proyectista de Sala, Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno del Tribunal, Juez en materia Civil y de Extinción de Dominio con adscripción al Juzgado Décimo Civil de la Ciudad de México, y posteriormente en el año 2011, fue nombrada Magistrada, y adscrita a la Cuarta Sala Civil, ratificada en el año 2017, donde actualmente se desempeña.
Igualmente en el año 2022, fue electa por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México como Magistrada de la Sala Constitucional, en donde igualmente actualmente se desempeña.
Forma parte del plantel docente del Instituto de Estudios Judiciales, y dentro de la obra editorial que tiene, se encuentra la coordinación del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, comentado por impartidores de justicia del Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal.
Ha impartido diversas conferencias, entre las que están: “El daño moral y la negligencia médica”, “La Hipoteca en México”, “el Arrendamiento Inmobiliario”, “Las redes sociales, su importancia e la sociedad y daño moral”, y “La sentencia dictada en consciencia, justicia, legalidad y con humanidad”.
Colaboró en las reformas al Código de Comercio y al Código de Procedimientos Civiles para el entonces Distrito Federal en los años 2008 y 2009 respectivamente, así como en la creación e implementación de la oralidad civil en la Ciudad de México y mercantil a nivel federal, impartiendo cursos a lo largo del territorio nacional para la capacitación de juzgadores en la oralidad.
Actualmente, participa en la capacitación de juzgadores para la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles en materia de oralidad.



Sara Patricia Orea, es egresada de la Facultad de Estudios Superiores de Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México. Estudió la Maestría en Política Criminal por la Universidad Nacional Autónoma de México, y el Master Internacional de Derecho Penal, Constitución y Derecho en la Universidad de Barcelona y la Universidad Autónoma Metropolitana. Es especialista en Juicio Oral y Proceso Penal Acusatorio, por el Instituto Nacional de Ciencias Penales y Especialización en Justicia para Adolescentes, Proceso y Ejecución de Medidas por el Instituto de la Judicatura Federal y el Curso en Preparación Judicial en materia penal por el Centro de Estudios Judiciales. Cuenta también con varias certificaciones Internacionales, entre ellas Convencionalidad, Derechos Humanos, Tratados Internacionales y su aplicación en el Nuevo Proceso Penal por la Universidad Pompeu Fabra Barcelona; Protección Internacional en Protección Jurisdiccional de los Derechos de los Niños, por UNICEF. Santiago de Chile; y Diplomatura en Litigación Penal por la Universidad Alberto Hurtado Santiago de Chile.
En su experiencia laboral, fungió como Defensora de Oficio, Ministerio Público, Presidenta de la Primera Sala del Consejo Tutelar para Menores Infractores. Directora Técnica en la Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social. Dentro del Tribunal Superior de Justicia, fue Secretaria Proyectista de Sala; Juez 40º de Primera Instancia en Materia Penal; Magistrada en la Sexta Sala en Materia Penal; Magistrada Especializada en Justicia para Adolescentes e integrante de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México.
También se ha desempeñado como catedrática desde hace más de 30 años, en áreas de capacitación y especialidad en el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el Instituto Nacional de Ciencias Penales; en la Universidad Iberoamericana y en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores Monterrey, ha sido ponente en diferentes Foros nacionales e internacionales.
Es autora del libro Guía Práctica sobre el Estudio de los Delitos del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, así como también participó en la elaboración del Manual de Justicia Penal para Adolescentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además en lo largo de su carrera ha publicado varios artículos, entre los que destacan “La Justicia Penal Juvenil, un Nuevo Modelo de Derecho”. Publicado en la revista “Defensor”, número 5, año VIII, mayo de la Comisión de Derechos Humanos; “El Proceso de Inimputables” en la Revista Criminalia de la Academia Mexicana de Ciencias Penales; “La Perspectiva del Poder Judicial de México en Materia de Criminalidad” para la Editorial Siglo XXI del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. Editorial Siglo XXI; así como también participó en el Vol. 1 No. II (2023): AIMJF´s Comparative Research on Child Participation in Juvenile Justice, in Mexico, the National Report for AIMF´s Comparative and Collaborative Research.



Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales de Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México, donde obtuvo el titulo de Licenciado en Derecho con distinción de Mención Honorífica.
Hizo estudios de Post-grado de Especialización en Materia Penal en la División de Estudios Superiores de la Universidad Nacional Autónoma de México, Master Internacional en Derecho Penal, Constitución y Derechos, y Master Internacional en Sistemas Penales Comparados y Problemas Sociales, auspiciado por las Universidades autónomas de Barcelona, Metropolitana y Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como diversos Diplomados en la materia; Certificado en el curso de “Especialización de Justicia para Adolescentes” por el Instituto de la Judicatura Federal, Estudios Judiciales del Poder Judicial de la Federación, Doctorando en Administración y Gobierno del Poder Judicial, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en convenio con el Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Docente Certificado por la SETEC.
Ha asistido a Congresos, cursos y conferencias, siendo expositor en diversas ocasiones en temas sobre Materia Penal.
Es egresado de la Primera Generación del curso para Jueces del Centro de Estudios Judiciales, hoy Instituto de Estudios Judiciales, donde también ha impartido clases.
Se ha desempeñado como profesor a nivel bachillerato en el Instituto Don Bosco, impartiendo la materia de Nociones de Derecho Positivo Mexicano y como profesor adjunto en la E.N.E.P. Acatlán en la materia de Garantías y Amparo.
Miembro de la Comisión de Magistrados que realiza el análisis para la Implementación de la Reforma Judicial; y de la Comisión de Análisis de proyectos de reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales en el Distrito Federal.
Electo por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de la Ciudad de México, como Magistrado integrante de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México.
Presidente de la Comisión en Materia Penal de Jueces y Magistrados, designado por el Pleno de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México.
Presidente del Comité de Transparencia del propio Tribunal Superior de Justicia designado por el Pleno de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México.
Integrante del Comité Técnico del Fideicomiso de Ahorro de Jueces y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México.
En el ámbito laboral, realizó su Servicio Social en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, adscrito a diversas Agencias Investigadoras, donde fue designado Representante Departamental de los Pasantes del Servicio Social, ocupando posteriormente los cargos de Oficial Mecanógrafo, Agente del Ministerio Público adscrito a diversos Juzgados y Salas Penales, así como Supervisor del Ministerio Público con función de Visitador de Agencias del Ministerio Público y Juzgados Penales.
En el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal se ha desempeñado en diversos cargos como Secretario Proyectista en las Salas Séptima (hoy Segunda), y Sala Auxiliar; Juez Cuadragésimo Cuarto de lo Penal. Secretario Particular del Ciudadano Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; Coordinador de Asesores de la misma Presidencia, Juez Décimo Séptimo, Vigésimo Primero, Sexagésimo Primero en materia Penal y también como Magistrado por Ministerio de Ley en las Salas Cuarta y Sexta Penales. Actualmente se desempeña como Magistrado de la Tercera Sala Penal del mismo Tribunal y Presidente de la Comisión de Magistrados en Materia Penal.



DATOS PERSONALES
Cargo actual: Magistrada de la Primera Sala de Justicia para Adolescentes, Magistrada integrante de la Sala Constitucional y Presidenta interina de los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), todos del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México.
PREPARACIÓN ACADÉMICA
• Licenciada en derecho (UNAM)
• Especialidad en juicio oral y proceso penal acusatorio (TSJCDMX e Instituto Nacional de Ciencias Penales)
• Especialidad en materia de amparo (Universidad Panamericana)
• Especialidad en derecho penal (Universidad Panamericana)
• Maestría en derecho penal (Centro de Estudios de Posgrado)
• Maestría en ciencias penales con especialización en ciencias jurídico penales (Instituto Nacional de Ciencias Penales)
• Master internacional “Derecho Penal, Constitucional y Derechos” (Universidad Autónoma de Barcelona y del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México)
• Master internacional en sistemas penales comparados y problemas sociales (Universidad Autónoma de Barcelona y del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México)
EXPERIENCIA PROFESIONAL
• Agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, adscrita al Juzgado 1° de paz (1988) y Juzgado 13 penal (1988-1991)
• Juez de primera instancia, Juzgado 38 penal (1993-2008)
• Magistrada de la Primera sala de Justicia para adolescentes (2008) y de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México (2019)
• Presidenta de la Comisión de Ejecución de Sanciones Penales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (2018)
• Ha participado en diferentes cursos, seminarios y congresos, tanto a nivel nacional como internacional, sobre diversos temas como son justicia penal en México, enfocados a la implementación del sistema penal acusatorio; feminicidio; derechos humanos y acceso a la justicia con perspectiva de género; trata de personas; tratamiento contra las adicciones y justicia para adolescentes.



SEMBLANZA CURRICULAR
La formación académica, así como la participación en la Administración Pública, han aportado a su experiencia, el conocimiento, valores de confianza, responsabilidad, honestidad, legalidad, lealtad y organización, mismos que han moldeado su personalidad y capacidad. Así, la actividad profesional en las áreas de impartición de justicia y del servicio público, la han convencido de que todas las personas tienen derecho a que los servidores públicos —gremio al cual orgullosamente ha pertenecido—, en el ámbito de sus competencias, garanticen el respeto de sus derechos humanos, con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, con independencia y autonomía de cualquiera de los sectores que garantice la tutela efectiva de todas las personas; es por ello que, durante estos últimos años se ha capacitado, a través de diversos diplomados, seminarios y cursos que la han especializado en la actividad jurídica, a fin de que su actuar sea conforme a derechos humanos, interés superior de la infancia, grupos de atención prioritaria como por ejemplo, derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, todos al luz de la perspectiva de género, con la única finalidad de proteger a los integrantes de la familia con el dictado de resoluciones que protegen sus derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internaciones de los que el Estado mexicano es parte, Constitución Política de la Ciudad de México, así como las leyes sustantivas y adjetivas.
Durante los ocho años en los que se ha desempeñado como Magistrada en materia familiar, integrante de la Segunda Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, ha dictado un total de 5,465 (cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco) resoluciones, de las cuales, han sido modificadas en cumplimiento de ejecutoria de amparo 276 (doscientos setenta y seis), teniendo una efectividad actual del 97.14% (noventa y siete, punto catorce por ciento).
APORTACIONES A LA MATERIA FAMILIAR Y EN LA SALA CONSTITUCIONAL DURANTE EL EJERCICIO DE SU CARGO COMO MAGISTRADA.
Desde el año dos mil diecinueve, es integrante de las comisiones judiciales y comité del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, siguientes:
• Relaciones Interinstitucionales, Capacitación y Profesionalización.
• Administrativa y Orgánica.
• Equidad de Género.
• Familiar.
• Comité de Discapacidad.
Siendo necesario señalar que el veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve, se celebró la sesión de instauración de la Comisión Familiar del Poder Judicial de la Ciudad de México, siendo elegida por unanimidad de votos de las Magistradas y los Magistrados integrantes como Magistrada Secretaria Relatora, cuyas funciones han sido dar seguimiento a las reuniones de la Comisión, organizar y mantener un archivo de las actividades encomendadas y ejecutadas, elaborar el acta de las reuniones de trabajo que contienen las conclusiones respectivas, materializar las acciones elaboradas por la Comisión para que el Magistrado que la presida las presente ante el Pleno y auxiliar al Magistrado Presidente de la Comisión, en las actividades encomendadas. Dentro de las acciones de la Comisión Familiar de esta casa de justicia, se implementó el “Taller de habilidades y destrezas para fortalecer la impartición de justicia familiar” por parte de la Dirección de Evaluación e Intervención Psicológica para Apoyo Judicial, con el cual, servidores públicos logran establecer criterios prácticos para atender las necesidades psicológicas de los actores en conflicto, determinando cuáles son los factores que dificultan la intervención de las y los juzgadores, entendiendo el proceso emocional de las partes, núcleo familiar,
explorando los diferentes estados emocionales que puedan surgir durante el proceso de desintegración de la familia, a través de herramientas que permitan interactuar con las emociones de las personas que participan en un procedimiento judicial.
Como parte de los Centros de Justicia para la Mujer, se debatió la necesidad sobre la emisión de órdenes que brinden la protección, establecidas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, así como el divorcio incausado, promovido por ambas partes, regulado en el Código Civil para el Distrito Federal, ahora Ciudad de México; así mismo, durante 2019 el Poder Judicial de la Ciudad de México, designó guardias de Juezas y Jueces en Materia Familiar de Proceso Oral en los Centros de Justicia para la Mujer de las Alcaldías Azcapotzalco, Iztapalapa y Tlalpan.
Se aprobó la propuesta de implementación del programa piloto en diversos órganos jurisdiccionales en Materia Familiar de esta Casa de Justicia, para elaborar junto con la sociedad civil un “Plan Parental”, en el cual se estableció la presencia de un Coordinador parental en las controversias del orden familiar, para otorgar herramientas necesarias y lograr la solución del conflicto, en pro de los integrantes de la familia.
También se aprobó el proyecto de investigación “Intervención Socioemocional y de Interacción, mediada con herramientas digitales a familias con procesos jurídicos de guarda y custodia”, con la finalidad de promover el fortalecimiento paterno-filial, en familias con divorcios conflictivos mediante la terapia de “P-C Care”, de manera presencial y mixta, puesto en marcha por el Pleno del Consejo de la Judicatura, en los términos propuestos por la Comisión Familiar.
Bajo esa tesitura, se analizó, aprobó y realizó el punto de acuerdo, solicitando al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la entidad, para que los Juzgados primero al décimo en Materia Familiar de Proceso Escrito, tuvieran competencia en materia de adopción internacional y restitución internacional de personas menores de edad, de conformidad con los convenios suscritos por nuestro país, ante la conferencia de la Haya, con motivo de diversas peticiones por parte de Jueces y las cargas de trabajo de los mismos, logrando que dicha competencia sea igual en los primeros diez Juzgados de proceso escrito en Materia Familiar y que las cargas de trabajo entre éstos fuera equitativa, trayendo consigo una impartición expedita, continua, eficiente y eficaz a las personas de esta Ciudad.
Se estableció un plan de trabajo de la Comisión Familiar, a fin de integrar a su agenda de labores temas de trascendencia para las personas Juzgadoras y la ciudadanía, tales como maternidad subrogada, interdicción, necesidades que surgen de la impartición de justicia en juzgados familiares, tanto en proceso escrito como oral y restitución internacional.
Se elaboró la opinión por parte de este órgano colegiado, respecto al Diagnóstico de la Operación del Sistema de Justicia Oral Familiar del Poder Judicial de la Ciudad de México, así como diversas acciones tendientes a la implementación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, realizando un taller práctico dirigido al personal de Segunda Instancia, conforme al nuevo paradigma de la justicia familiar oral.
A partir del siete de noviembre del año dos mil veinticuatro, forma parte de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, cargo que ejerce con honor, respeto absoluto, compromiso con la defensa y protección de los derechos humanos, con especial enfoque en grupos de atención prioritaria, perspectiva de género e interseccionalidad, enfoque de derechos humanos y en la que ha sido magistrada instructora, resolviendo los asuntos que se le han encomendado, garantizando la defensa, integridad y supremacía de la Constitución e integridad del sistema jurídico local; sin perjuicio de lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL







